Normativa de seguridad
Cumplir con las normativas de seguridad contra incendios no es solo una obligación legal, sino una inversión estratégica en la protección de las personas, los bienes y el medio ambiente. En un entorno empresarial cada vez más exigente, la prevención y la seguridad son factores clave para garantizar la continuidad operativa y la confianza de clientes, proveedores y autoridades.
Estas normativas establecen estándares técnicos y organizativos —desde sistemas de detección y extinción hasta planes de evacuación y formación del personal— que reducen drásticamente el riesgo de incidentes y permiten actuar de manera rápida y eficaz en caso de emergencia. Su correcta implementación evita sanciones, responsabilidades legales y costes derivados de interrupciones o daños, protegiendo además la reputación corporativa.
Adoptar una cultura de cumplimiento normativo en materia de seguridad contra incendios también refleja un compromiso real con la sostenibilidad y la responsabilidad social, al minimizar impactos ambientales y proteger la salud y seguridad de empleados, clientes y comunidades.
En definitiva, cumplir con la normativa no solo significa “estar al día” en materia legal: es una decisión estratégica que aporta valor, confianza y seguridad a toda la cadena de negocio.
- Ley 5/2014, de 4 de abril, deSeguridad Privada.
- Orden INT/314/2011, de 1 de febrero, sobre empresas de seguridad privada.
- Orden INT/317/2011, de 1 de febrero, sobre medidas de seguridad privada.
- Orden INT/316/2011, de 1 de febrero, sobre funcionamiento de los sistemas de alarma en el ámbito de la seguridad privada.
- Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal.
- Real Decreto 428/1993, de 26 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia Española de Protección de Datos.
- Ley Orgánica 4/1997, de 4 de agosto, por la que se regula la utilización de videocámaras por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en lugares públicos.
- Instrucción 1/2006, de 8 de noviembre, de la Agencia Española de Protección de Datos, sobre el tratamiento de datos personales con fines de vigilancia a través de sistemas de cámaras o videocámaras.
Tipos de infracciones y sanciones en España
| Tipo de infracción | Ejemplos | Sanción económica aproximada* |
|---|---|---|
| Leves | No realizar revisiones periódicas, pequeños defectos en señalización o mantenimiento. | De 300 € a 6.000 € |
| Graves | Instalar equipos sin homologación, no tener plan de evacuación actualizado, obstaculizar salidas de emergencia. | De 6.001 € a 60.000 € |
| Muy graves | No disponer de sistemas obligatorios de detección/extinción, manipular o anular sistemas, reincidencia en infracciones graves, poner en riesgo grave a las personas. |